El Tercer Juzgado penal Colegiado Nacional dispuso que el caso Cócteles regrese a la etapa intermedia para que se realice un nuevo control de acusación, para subsanar las observaciones realizadas por el Tribunal Constitucional.
El Órgano Jurisdiccional acepto las apelaciones presentadas por elMinisterio Público y la Procuraduríade Lavado de Activos contra el fallo que anuló el juicio contra Keiko Fujimori, por el caso denominado Cócteles.
La Fiscalía señalo que se declaro la nulidad de un acto procesal distinto al requerimiento acusatorio, esto es el auto de citación a juicio oral.
Antecedentes
El 13 de enero pasado, el Poder Judicial declaró
fundado el pedido mediante el cual se anula el juicio oral iniciado a Keiko Fujimori, investigada por los presuntos delitos de lavado de activos y organización criminal en el denominado caso ‘Cócteles’.
Esta decisión fue adoptada por el colegiado en atención de la sentencia del Tribunal Constitucional que anuló la acusación fiscal contra
el exsecretario general de Fuerza Popular, José Chlimper.
De esta forma, el Tercer Juzgado penal Colegiado Nacional dispuso que el caso regrese a la etapa intermedia para que se realice un nuevo control de
acusación, a fin de subsanar las observaciones realizadas por el Tribunal Constitucional.








